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Kapil Sibal argumenta ante el Tribunal Constitucional

En el segundo día de argumentos ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema que conoce el caso sobre la condición de minoría de la Universidad Musulmana de Aligarh (AMU), Consejero general Kapil Sibal Compareciendo en nombre de un peticionario (Old Boys Association), argumentó que dado que la comunidad minoritaria no estaba facultada mediante la reserva, no había otra manera de brindar oportunidades a los excluidos, excepto a través del Artículo 30.

El artículo 30 de la Constitución estipula que todas las minorías, basadas en la religión o el idioma, tendrán derecho a crear y administrar instituciones educativas de su elección. Está integrado por el Comité Constitucional que examina la cuestión. Presidente del Tribunal Supremo DY Chandrachud, Justicia Sanjiv Khanna, La justicia de Surya Kant., Juez JB Pardiwala, Juez Dipankar Datta, Juez Manoj Misra y Justicia Satish Chandra Sharma.

Sibal inició ayer los argumentos hablando del artículo 30: «Hay todo tipo de minorías. Hay minorías hindúes, minorías musulmanas, minorías cristianas. Pero en lo que respecta a las castas y tribus reconocidas, me refiero a la educación, en la propia Constitución se hizo una disposición especial para ellas. Luego vino la enmienda del artículo 15 y esta reserva se extendió a la comunidad atrasada. Por eso tenemos reservas en las instituciones educativas para las castas registradas, las tribus registradas y las comunidades atrasadas. No se pueden hacer reservas a la comunidad musulmana, ni a la comunidad cristiana ni a la comunidad sij, porque violaría los artículos 15, 14 y 16.«, el presentó.

«Por lo tanto, en el marco de la constitución, no había otra manera de darle una oportunidad a quienes quedaron afuera, de habilitar la educación.«, introdujo Sibal.

Entonces la Sala intervino diciendo que la referencia no está en ese asunto. «El artículo 30 tiene sus diferentes connotaciones. Hay un efecto del artículo 30 que es completamente diferente de lo que estamos decidiendo hoy. Sólo decidimos una cuestión limitada: qué se entiende por establecimiento y administración del artículo 30. No estamos hablando de lo que sucede si una institución es declarada minoritaria. Porque eso ha sido objeto de muchas discusiones…”, dijo el juez Sanjeev Khana.

«Solo estoy dando antecedentes sobre por qué se creó el Artículo 30.«, explicó Sibal.

El presidente del Tribunal Supremo, DY Chandrachud, dijo entonces: “Lo que usted está diciendo es que las disposiciones beneficiosas que se elaboraron, por ejemplo respecto de las SC, las ST y las clases social y educativamente atrasadas, no podrían otorgarse a las minorías porque habría una limitación en virtud del artículo 15(1). No discriminación por motivos de religión.«.

«Eso si. Hay una razónSibal respondió afirmativamente.

«Cuál es la disposición especial que trabajaron los encargados de la Constitución – Artículo 30. Por ello, el artículo 30 ha sido llamado, en cierto modo, artículo de fe. Tenemos que retroceder a 1949-1950. La idea era asegurar a las minorías religiosas y lingüísticas que estarían seguras en el país.…”, afirmó el CJI.

«Eso si» dijo Sibal y agregó: «Es en este contexto que se sitúa el artículo 30 de la Constitución. Simplemente estoy dando a Sus Señorías un amplio alcance constitucional.«.

Posteriormente, durante sus argumentos, Sibal dijo: “En materia de educación también estamos por debajo de las Castas Listadas y lo único que podemos potenciar es la educación. Sin embargo, en la universidad, los cursos de educación superior como MD y MS, Ingeniería son la mayoría que ocupan puestos y no la minoría porque no están autorizados por la escuela. El único lugar donde suelen encontrarse es en la teología, en la religión, porque la comunidad mayoritaria no quiere formar parte de ello. Y así, la única manera de empoderarnos es a través de esta universidad».

Sostuvo que la Ley de la Universidad Musulmana de Aligarh de 1920 viola el artículo 30 de la Constitución. También lo presentó tras la sentencia de Aziz Basha. «… desde 1968 ha corrido mucha agua por el Ganges.»

Cuando CJI Chandrachud preguntó a Sibal si se estaba cuestionando la validez de la Ley de 1920, Sibal señaló que probar la sentencia Aziz Basha es una cuestión de referencia, entonces indirectamente significaría probar la Ley de 1920. El CJI afirmó luego que si se deroga la ley, se evaporaría todo el estatus de la Universidad. Sin embargo, Sibal explicó que lo que busca es considerar dicho Estatuto en el contexto del artículo 30 de la Constitución de la India, porque viola su derecho.

Sibal argumentó durante la audiencia: «Cada universidad minoritaria se regulará según el interés público (Artículo) 19.6. según el párrafo, pero tiene derecho (artículo 30) a formar… El reglamento no tiene nada que ver con el establecimiento. El reglamento es para garantizar el mantenimiento de los estándares educativos, la excelencia de la educación».

«Quiero hacernos a usted y a mí mismo una pregunta: ¿cuál es el derecho de la minoría hoy? Tengo que cumplir con todos los estándares, no puedo nombrar a un maestro sin las calificaciones adecuadas. Todas las universidades tienen derecho a nombrar profesores de esa carrera, la mayoría tiene ese derecho, la minoría ese derecho. Pero tengo que cumplir con la proporción alumnos-maestro. Mis estudios deben estar acordes con la carrera universitaria, de lo contrario no habrá reconocimiento. ¿Qué me aporta este artículo (Artículo 30)? Sólo una pequeña reserva… nada más. La organización que he creado, sólo quiero una pequeña reserva, eso también lo quieres negar», dijo Sibal.

Sostuvo también que hay suficiente intervención en la función de la universidad, que la comunidad tiene derecho a impugnarla y que la comunidad tiene derecho a administrar la institución, pero ella puede decidir y alguien puede dejarle la administración. el estatus de minoría no cambiará.

Kapil Sibal abrió los argumentos ayer después de que el abogado principal Rajeev Dhavan abriera los argumentos en nombre de los peticionarios. Sibal concluyó hoy sus argumentos y el abogado principal Salman Khurshid está argumentando en nombre de los peticionarios. Se espera que los peticionarios concluyan sus argumentos hoy y que los demandados comiencen sus presentaciones, encabezados por el Fiscal General Tushar Mehta.

La audiencia podrá verse en vivo a través de nuestro canal de YouTube.

Título de la causa: Universidad Musulmana de Aligarh a través de su registrador, Faizan Mustafa contra Naresh Agarwal y Ors.

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